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1.- Cuestiones generales:
El Real Decreto 610/2024 ha creado el título de Médico Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias (MUE), que se define como aquel médico especialista capacitado para la atención inmediata de la persona enferma o lesionada de cualquier edad, mediante la realización del diagnóstico diferencial y el inicio o planificación del tratamiento antes de la transferencia a otras personas especialistas, del nivel asistencial que se requiera.
El ámbito de actuación de los especialistas en MUE son las unidades de urgencias y emergencias de los hospitales generales y las unidades de transporte sanitario urgente cuando sea necesaria la presencia de médico en el vehículo (SEM). Quedan, por tanto, excluidos los servicios de atención continuada en atención primaria en lo referente a la exigencia de este título de cara al futuro inmediato.
Se mantienen los derechos profesionales y de cualquier otro tipo inherentes a los títulos de médico especialista obtenidos a través de un programa de formación médica especializada anterior a la creación de la nueva especialidad.
En cuanto a la formación de la especialidad, se prevé la elaboración de un programa de formación de 4 años de duración, que contendrá un período de formación común de 2 años con la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria (MFyC).
Los programas de MUE y MFyC adaptados a las previsiones de este Real Decreto tendrán que estar aprobados dentro del primer semestre de 2025.
2.- Acceso extraordinario al título de MUE para profesionales que trabajan en el ámbito de la nueva especialidad.
Para los médicos que acrediten haber prestado servicios en el ámbito de la especialidad de MUE en los últimos años se piden los siguientes requisitos para la obtención del título de especialista:
Titulación:
o bien
*NOTA: El título de médico especialista, en caso de no ser español, tendrá que estar homologado. No están incluidos los licenciados o graduados puesto 95 sin especialidad.
Lugar del ejercicio profesional:
*NOTA: Quedan excluidos los servicios de atención continuada, urgencias, CUAP, etc. prestados en centros de atención primaria.
Duración del ejercicio profesional:
Acceso directo al título:
Acceso al título previa superación de prueba práctica:
Para todos ellos:
Plazo de presentación de las solicitudes:
Tramitación y documentos a presentar:
Resolución:
3.- Pasarela entre MUE y MFyC
Dado el período común de formación entre las especialidades de MUE y MFiC, los especialistas de cualquiera de éstas podrán acceder a la otra especialidad una vez transcurrido un período de ejercicio profesional de 5 años en su especialidad.
Estos especialistas que quieran obtener una segunda especialización deberán someterse a una prueba de evaluación de la competencia en el campo de la nueva especialidad y superar un período de formación de al menos 2 años, en régimen de residencia, y con un contenido adaptado al currículum formativo y profesional del interesado.
A estos efectos, se prevé que existan convocatorias específicas en el ámbito de la formación sanitaria especializada, con una o más ofertas de plazas, en función de las necesidades de especialistas del Sistema Nacional de Salud.
4.- Otras cuestiones:
Actualización de la información:
Ejercicio profesional en los servicios de urgencias y emergencias y transporte sanitario urgente.
Enllaces de interes:
Dudas y consultas:
Si tenéis alguna duda o consulta, os podéis dirigir por correo electrónico a juridica@comb.cat, indicando vustro nombre, número de colegiado, motivo de consulta y teléfono de contacto.