Satisfacer al facultativo los honorarios que se expresan en el anexo al presente contrato, en función de los actos profesionales realizados. La revisión posterior de estos honorarios se efectuará mediante acuerdo entre la Corporación profesional a que el facultativo pertenece y la asociación correspondientes de entidades aseguradoras, subsidiariamente, en los supuestos en los que no existan este acuerdo, se podrá hacer por acuerdo entre las partes.