Mutual Médica es una mutualidad de previsión social alternativa para la profesión médica.
En caso de ejercer por cuenta propia o por cuenta propia y ajena al mismo tiempo, Mutual Médica ofrece su producto Médico de Ejercicio Libre (MEL), un seguro integral que incluye una serie de prestaciones en caso de enfermedad, jubilación, dependencia y fallecimiento.
- El alta en el MEL, realizada los 30 primeros días, permite optar en cualquier otro momento por el régimen RETA. No es el caso a la inversa.
- Los pagos hechos al MEL no computan a efectos de prestaciones de la Seguridad Social, como tampoco se computan en el cálculo de las prestaciones del MEL las cotizaciones efectuadas a los regímenes de la Seguridad Social.
- La cuota mínima del MEL es -en la actualidad- el equivalente al 80 % de la cuota mínima del RETA.
- La inclusión al MEL no da derecho, por sí misma, a las prestaciones de asistencia sanitaria pública de la Seguridad Social. Sin embargo, en caso de que la cuantía de la base liquidable del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) sea inferior a 100.000 € anuales, el médico puede beneficiarse del régimen de asistencia sanitaria pública.
- Las prestaciones del MEL son compatibles con prestaciones del régimen de la Seguridad Social.
- Una parte de la cuota se destina íntegra a un plan de jubilación.
- Complementa el sistema público de pensiones de jubilación. Actualmente es posible compatibilizar la pensión de jubilación de la Seguridad Social con el mantenimiento de la actividad una vez el médico ha accedido a la jubilación por el Régimen General cobrando el 100 % de la pensión.