Art.4.
Los órganos de gobierno serán los siguientes:
- La Asamblea General y la Junta Directiva. Li>
- Los componentes de la Asamblea General serán todos los miembros de la Sección.
- Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias y se celebrarán en la sede del COMB. La convocatoria de la Asamblea General se hará, como mínimo, una vez al año para tratar todos los temas que, como mínimo dos miembros de la Junta Directiva pidan por escrito si es ordinaria, y de diez miembros de la Sección si es extraordinaria. La convocatoria deberá prever la Orden del Día, y la fecha y hora de su celebración y se remitirá, por medios electrónicos a las direcciones de correo electrónico que consten en el COMB, antes de los diez días naturales de la fecha de celebración prevista. El plazo de presentación de los asuntos a tratar en la Asamblea General, será de 7 días hábiles antes de ser enviada la convocatoria. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de los asistentes.
- Los acuerdos de la Sección sólo vincularán a la Junta del Colegio cuando hayan sido asumidos explícitamente por esta.
- La Junta Directiva estará constituida por: Presidente, Vicepresidente, Secretario y un mínimo de 3 vocales y un máximo de 6.
Las funciones de cada miembro de la Junta serán las correspondientes al cargo.
La Junta Directiva de la Sección presentará, en la sesión de la Asamblea General Ordinaria una memoria de su actividad.