Art.8.
Este Reglamento podrá modificarse, si la propuesta de modificación es aprobada en Asamblea Extraordinaria convocada con este fin, con la presencia del 40% de los miembros de la Sección en primera convocatoria y 25% en segunda.
Las modificaciones aprobadas serán enviadas por la Junta de la Sección a la Junta Directiva del Colegio.