Art.8.
Este Reglamento podrá modificarse, si la propuesta de modificación
es aprobada en Asamblea Extraordinaria, convocada con este fin, y si
cuenta con la presencia del 40% de los miembros de la Sección. las
modificaciones aprobadas serán enviadas por la Junta de la Sección a la Junta
Directiva del Colegio.