Art.8.
Este Reglamento podrá modificarse si la propuesta de modificación es aprobada en Asamblea Extraordinaria de la Sección, convocada con este fin, y si se aprueba por mayoría simple. Las modificaciones serán enviadas por la Junta Directiva de la Sección a la Junta de Gobierno del Colegio, para su aprobación definitiva.