Art.4.
Formaran órganos de gobierno de la sección:
- La Junta Directiva
- La Asamlea General
1.La Junta directiva
La Junta directiva la integrarán cinco miembros que se encargarán de la Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría, Tesorería y Vocalía, con las funciones que correspondan al cargo. La vice-presidencia podrá ser designada por la Junta de la Sociedad Catalana de Sexología de entre sus miembros que estén de alta de colegiación en el Colegio de Médicos de Barcelona y el resto de miembros serán elegidos a través de sufragio de entre toda la Asamblea. Los acuerdos de la Junta serán válidos si son tomados por mayoría.
La Junta Directiva se reunirá al menos dos veces al año: preferentemente el primer miércoles de abril y de octubre. También se reunirá cuando el presidente o la presidenta la convoque a petición de dos o más miembros un mínimo de ocho días antes, con la especificación de temas a tratar.
2.La Asamblea General
La Asamblea General la componen la totalidad de los miembros de A Sección. Será convocada en sesión ordinaria al menos una vez al año a propuesta de la junta o de un 15% de los miembros de la Sección. Esta convocatoria deberá hacerse un mínimo de veinte días antes de la sesión y con la especificación del orden del día.
Las sesiones extraordinarias podrán ser convocadas por la Junta o por el 15% de miembros de la sección con la especificación de orden del día y un mínimo de diez días antes de la sesión. Los acuerdos de la Asamblea tendrán carácter ejecutivo siempre que haya el 40% de sus miembros en la primera convocatoria o un 25% en la segunda.
La Asamblea General tiene el poder de revocar la Junta directiva.